Viajar a República Dominicana con dinero en efectivo, equipos electrónicos, medicamentos, regalos o artículos personales no implica necesariamente el pago de impuestos. Sin embargo, existen cantidades y tipos de bienes que deben ser declarados ante la Dirección General de Aduanas (DGA) o cumplir requisitos adicionales de otras instituciones.
Las principales disposiciones están recogidas en el Manual del Viajero de la DGA, que detalla qué artículos pueden ingresar como parte del equipaje personal y cuáles están sujetos a declaración, pago de impuestos o controles especiales.
Dinero en efectivo: cuándo es obligatorio declarar
Uno de los principales límites corresponde al traslado de efectivo y valores.
Quienes entren o salgan del país portando US$10,000 o más, o su equivalente en otra moneda, así como determinados títulos o valores al portador, deben realizar la declaración correspondiente ante Aduanas y acreditar, cuando sea requerido, el origen lícito de esos recursos.
La Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo establece que la declaración debe incluir información sobre la persona que transporta los fondos, su procedencia, destino, monto y finalidad.
No realizar la declaración cuando corresponda o presentar información falsa puede derivar en sanciones legales, incluyendo multas, decomiso de los valores y otras consecuencias previstas por la legislación.
Artículos personales pueden entrar libres de impuestos
La DGA permite el ingreso de prendas de vestir, calzado, productos de higiene personal, cosméticos, libros, revistas y otros artículos destinados al uso del viajero.
La condición es que las cantidades sean razonables para la duración y características del viaje y que no exista evidencia de que los productos serán utilizados con fines comerciales.
También pueden ingresar dentro de ciertos límites equipos electrónicos de uso personal, entre ellos:
- Una cámara fotográfica.
- Una cámara de video.
- Una computadora portátil.
- Una tableta.
- Hasta dos teléfonos celulares.
- Un instrumento musical.
Cuando se superan las cantidades contempladas por la normativa, los artículos adicionales podrían quedar sujetos a declaración y al pago de los impuestos correspondientes.
Equipos deportivos y artículos para niños
Los viajeros pueden transportar equipos deportivos para uso personal siempre que las cantidades resulten razonables de acuerdo con la actividad que realizarán.
Esto puede incluir equipos de surf, buceo, golf, ciclismo, kayak, pádel y otras disciplinas. Algunos pueden ser trasladados como equipaje no acompañado y requerir documentación adicional.
Para los niños se permite, entre otros artículos, el ingreso de hasta cinco juguetes, además de un coche, una silla para automóvil y un corral, conforme a las condiciones indicadas por Aduanas.
Medicamentos y artículos de asistencia
Los medicamentos destinados al uso personal del viajero pueden ingresar al país.
Cuando se trate de sustancias controladas o psicotrópicas, será necesario contar con la receta o documentación médica que justifique su utilización durante la estadía.
Las personas con discapacidad también pueden transportar los dispositivos, equipos o artículos necesarios para atender sus necesidades físicas.
En el caso de animales de asistencia y otras mascotas, deben cumplirse además los requisitos sanitarios establecidos por el Ministerio de Agricultura, incluyendo los certificados correspondientes.
Alcohol y tabaco tienen límites
Los pasajeros mayores de edad pueden ingresar libres de impuestos, dentro de los límites establecidos por la DGA, hasta cinco litros de bebidas alcohólicas.
También pueden transportar hasta 20 cajetillas de cigarrillos, 25 puros o 200 gramos de tabaco, de acuerdo con el Manual del Viajero.
Productos prohibidos o especialmente regulados, como drogas ilícitas, determinadas sustancias psicotrópicas, armas de fuego y materiales que puedan representar riesgos para la seguridad o el medioambiente, están sujetos a restricciones específicas.
Los alimentos deben declararse
Los alimentos que ingresan al país deben ser reportados y pueden quedar sujetos a controles sanitarios y fitosanitarios dependiendo del tipo de producto.
Las autoridades competentes pueden determinar si su entrada está permitida y si requiere documentación adicional.
Regalos tienen un límite de US$500
La DGA contempla una franquicia para regalos cuyo valor total no supere los US$500, incluyendo artículos transportados por el viajero o adquiridos en establecimientos duty free.
El beneficio está sujeto a determinadas condiciones, entre ellas limitaciones sobre la frecuencia con que puede utilizarse y la cantidad de unidades de un mismo producto.
Por ello, antes de viajar con artículos de valor, grandes cantidades de mercancías o bienes sujetos a controles especiales, lo recomendable es consultar las disposiciones vigentes de la Dirección General de Aduanas.
