La Junta Central Electoral (JCE) suspendió provisionalmente la aplicación de la norma que impedía publicar o difundir encuestas electorales fuera de los períodos establecidos para la precampaña y la campaña.
La decisión fue adoptada por el Pleno el 20 de agosto y afecta el artículo 13 del Reglamento para el Registro de Firmas o Empresas Encuestadoras y la Publicación de Encuestas en Materia Electoral, aprobado originalmente el 22 de mayo de 2026.
La suspensión permanecerá mientras continúa el proceso judicial que cuestiona la legalidad y constitucionalidad de esa disposición.
Qué establecía el artículo 13
La norma prohibía publicar o difundir por cualquier medio encuestas o sondeos con fines electorales antes del inicio formal de la precampaña, previsto para el primer domingo de julio del año anterior a las elecciones.
La restricción también alcanzaba estudios realizados para uso interno de partidos, agrupaciones y movimientos políticos cuando sus resultados fueran posteriormente divulgados.
Además, el reglamento contemplaba sanciones para las firmas encuestadoras que incumplieran esas disposiciones.
Con la decisión de agosto, esas restricciones y sus efectos sancionadores quedan temporalmente sin aplicación, pero el artículo no ha sido eliminado definitivamente del reglamento.
Decisión dividió al Pleno
La suspensión fue aprobada con los votos del presidente de la JCE, Román Jáquez Liranzo, y de los miembros Dolores Fernández Sánchez y Samir Chami Isa.
Los magistrados Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises votaron en contra.
Sus objeciones no estuvieron necesariamente dirigidas a defender la prohibición de publicar encuestas, sino al procedimiento utilizado para suspenderla. Ambos cuestionaron que el Pleno pudiera dejar sin efecto mediante una decisión administrativa una disposición reglamentaria previamente aprobada por el propio organismo.
Cuestionamientos por libertad de información
La regulación había recibido críticas de organizaciones sociales, juristas y representantes de medios de comunicación, quienes consideran que limitar la publicación de encuestas fuera de los períodos electorales podría afectar las libertades de expresión e información.
El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, valoró favorablemente la suspensión y consideró prudente que la JCE no mantenga activa la disposición mientras su validez está siendo cuestionada judicialmente.
Representantes de firmas encuestadoras también han defendido que la legislación electoral dominicana ya contiene restricciones específicas sobre la divulgación de sondeos en los días inmediatamente anteriores a una elección.
Tribunal Constitucional tendrá la última palabra
La controversia llegó al Tribunal Constitucional después de acciones dirigidas contra el artículo 13.
Entre ellas figura una impugnación de la organización Justicia Sin Fronteras, que sostiene que la disposición vulnera derechos constitucionales y excede las facultades reglamentarias de la JCE.
El fallo del Tribunal Constitucional será determinante para establecer si la restricción puede mantenerse, debe ser modificada o queda definitivamente sin efecto.
Hasta entonces, las prohibiciones específicas contenidas en el artículo 13 permanecen suspendidas, mientras el resto del reglamento sobre firmas encuestadoras continúa vigente.
