El abogado Julio Cury solicitó al Congreso Nacional investigar la actuación de los miembros de la Junta Central Electoral (JCE) en torno a la aprobación del reglamento que limita la publicación de encuestas electorales antes del período formal de precampaña.
Cury considera que la disposición podría representar una extralimitación de las facultades constitucionales y legales de la JCE y plantea que el Congreso determine si existen elementos que puedan constituir una falta grave.
La controversia se concentra en la Resolución 14-2026, publicada el 22 de mayo, que regula el registro de las empresas encuestadoras y las condiciones para realizar y divulgar sondeos de carácter electoral.
Cuestionamientos al artículo 13
El artículo 13 establece que no podrán publicarse o difundirse encuestas con fines electorales antes del inicio de la precampaña, prevista para el primer domingo de julio del año anterior a las elecciones.
La normativa contempla además la posibilidad de suspender entre seis meses y un año el registro de las firmas que incumplan la disposición y establece su cancelación definitiva en caso de reincidencia.
Cury cuestiona que esa regulación pueda entrar en contradicción con el artículo 216 de la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, que prohíbe publicar y difundir encuestas durante los ocho días anteriores a las elecciones y establece que, antes de ese período, podrán divulgarse los sondeos que cumplan con los estándares correspondientes.
A juicio del abogado, un reglamento administrativo no debería crear una prohibición más amplia que la establecida expresamente por la legislación.
Pide una investigación del Congreso
Cury propuso que el Congreso conforme una comisión para examinar el proceso mediante el cual fue aprobada la disposición, las consideraciones jurídicas analizadas por el pleno de la JCE y los fundamentos utilizados para mantener la restricción.
El planteamiento no implica una destitución automática de los integrantes del organismo electoral. Lo que solicita el jurista es determinar si la actuación podría alcanzar jurídicamente la categoría de falta grave.
El reglamento ya ha sido objeto de impugnaciones. El Tribunal Superior Electoral (TSE) conoció recursos contra la Resolución 14-2026 y, por decisión mayoritaria, concluyó que no tenía competencia para pronunciarse sobre la nulidad del reglamento por los cuestionamientos de constitucionalidad planteados.
La normativa también ha generado críticas de organizaciones de la sociedad civil, que han planteado interrogantes sobre sus posibles efectos en la libertad de expresión, el acceso a información política y los límites de la facultad reglamentaria de la JCE.
